Joaquín A. Mejía Rivera* y Rafael Jerez Moreno*
La corrupción distorsiona el buen funcionamiento de la democracia y pone en grave riesgo el goce efectivo de los derechos humanos. Uno de sus efectos más devastadores, es que erosiona la confianza ciudadana en las instituciones públicas, como lo demuestra de sobra el caso de Honduras. Pese a todo, y como no hay mal que dure cien años, el 78% de la ciudadanía piensa que las personas podemos marcar a diferencia en la lucha contra la corrupción.
La hermandad entre la corrupción y la impunidad
La Convención Interamericana contra la Corrupción establece que la corrupción socava la legitimidad de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia, contra el desarrollo integral de los pueblos, y que su combate fortalece las instituciones democráticas, evita distorsiones de la economía, vicios en la gestión pública y el deterioro de la moral social[1].
Este artículo tiene como objetivo analizar el impacto de la corrupción sobre la confianza ciudadana en la institucionalidad democrática, la cual es vista como una herramienta para garantizar la impunidad de quienes desvían los recursos económicos destinados a garantizar el goce efectivo de los derechos humanos, sobre todo de los derechos económicos, sociales y culturales de los grupos o personas frente a las cuales el Estado tiene deberes especiales en función de las particulares necesidades de protección por su condición personal o por la situación específica en que se encuentren, como extrema pobreza o marginación[2].
En Honduras existe una realidad que no se puede ocultar: “la persistencia de problemas estructurales como la pobreza, desigualdad y discriminación, la corrupción, la debilidad institucional y la situación de impunidad”[3]. La característica principal de estos problemas es su estructuralidad, ya que están enraizados “en un sistema que beneficia a unos cuantos que tienen relaciones con altas esferas de poder político y privado”, y afecta de manera desproporcionada a los sectores más vulnerabilizados de la sociedad. Una de las consecuencias más devastadoras de esta realidad, es la erosión de la confianza ciudadana en las instituciones públicas[4].
En este sentido, según la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), se estima que el 70,7% de la población enfrenta graves privaciones respecto de educación, salud y nivel de vida; que los altos niveles de pobreza afectan a más del 67%; y que el 58,9% de la población rural vive en la pobreza extrema[5].
Por otra parte, Honduras es el tercer país más desigual del mundo, solo detrás de Sudáfrica y Haití[6], “donde el disfrute de los derechos humanos está condicionado por el sexo, estrato social, etnicidad y área geográfica, y en donde los sectores marginados de la población son los que más sufren la violencia, el desplazamiento y la falta de acceso a la seguridad, la justicia, la atención a la salud, la educación y otros servicios”[7].
La pobreza y la desigualdad se ven agravadas por dos cuestiones importantes: por un lado, la política tributaria que no contribuye suficientemente a su disminución, ya que limita la capacidad del Estado a obtener los recursos necesarios para la realización progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales; y, por otro, la debilidad institucional para enfrentar y luchar firmemente contra la corrupción, los flujos de capitales y la evasión de impuestos o fraude fiscal[8].
Ejemplo de un grave acto de corrupción, que impidió que los fondos económicos destinados a la garantía y disfrute de derechos económicos, sociales y culturales de la población en situación de mayor vulnerabilidad, hayan sido efectivamente utilizados con ese fin, es el caso “Pandora”, en el cual se desviaron más de 11 millones de dólares de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), originalmente destinados para el desarrollo de proyectos sociales[9].
Este caso representa una pequeña muestra del avanzado cáncer de la corrupción que tiene a la institucionalidad y a la sociedad en una etapa terminal, dado que, de acuerdo con el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), Honduras pierde cada año, en promedio, 50 mil millones de lempiras del Presupuesto General de la República por diferentes actos de corrupción. Esta cantidad equivale a que cada 24 horas se pierdan 137 millones de lempiras[10].
La corrupción generalizada que azota al país no puede comprenderse sin la impunidad estructural existente, cuya tasa sigue sobrepasando el 90%[11], y que coloca a Honduras entre los trece países con muy alta impunidad en el mundo[12]. De acuerdo con Transparencia Internacional, corrupción es el abuso del poder para beneficio propio. A su vez, la corrupción a gran escala se constituye por los actos cometidos en los niveles más altos del gobierno que involucran la distorsión de políticas o de funciones centrales del Estado, y que permiten a los líderes beneficiarse a expensas del bien común[13].
En relación con la impunidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte IDH), señala que puede definirse como “la falta en su conjunto de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena”[14], o, en palabras de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, como
[…] la inexistencia, de hecho, o de derecho, de responsabilidad penal […], así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque [los responsables] escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas[15].
Lo que es evidente es que los altos índices de impunidad pueden traducirse en problemas de desigualdad socioeconómica, desigualdad jurídica, debilitamiento del Estado de derecho, desarrollo económico insuficiente, dificultades para atraer nuevas fuentes de inversión extranjera y turismo, así como mayores violaciones a los derechos humanos[16].
Como lo señala la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH), la corrupción, además de afectar todos los derechos humanos, incluyendo el derecho al desarrollo, debilita la gobernabilidad y las instituciones democráticas, socava el Estado de derecho, exacerba la desigualdad y fomenta la impunidad[17].
Binomio corrupción-impunidad, justicia selectiva y desconfianza ciudadana
A la luz de lo anterior, es importante resaltar tres puntos: primero, que la impunidad es la manifestación más clara del incumplimiento de las obligaciones estatales en materia de derechos humanos, la cual puede ser de derecho o de iure; es decir, cuando se aprueban normas legales destinadas a sustraer a quien delinque de su responsabilidad o a reducir las consecuencias de sus ilícitos. Tal es el caso del nuevo Código Penal que, por ejemplo, reduce las penas por diversos delitos relacionados con actos de corrupción.
Así, la pena por el delito de malversación de caudales públicos pasa de 6-12 años a 4-6 años, favoreciendo claramente a las personas que han sido condenadas por el saqueo del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) o que están siendo investigadas o procesadas por otros graves casos de corrupción ya que, en virtud del principio de retroactividad de la ley penal más favorable, podrán solicitar la revisión de sus casos; la pena por el delito de fraude contra la administración pública pasa de 6-12 años a 5-7 años, permitiendo que las posibles personas condenadas puedan gozar de medidas distintas a la prisión como el arresto domiciliario; y la pena por el delito de enriquecimiento ilícito pasa de 5-15 años a 4-6 años[18].
La impunidad puede ser de hecho o de facto, cuando existe complicidad, parcialidad, pasividad y corrupción de los poderes públicos, particularmente del sistema de justicia, para no investigar ni sancionar los hechos delictivos o aplicar penas proporcionales a la gravedad de tales hechos.
Segundo, la impunidad requiere un álter ego, un cómplice perfecto con quien formar un binomio funesto para la colectividad, la sana convivencia y el desarrollo social, y beneficioso para quienes se sienten una casta con derecho a gobernar conforme a sus designios e intereses particulares. De esta manera, “la corrupción hermana y promueve la impunidad; al final ambas son causa y efecto en sí mismas. Se buscan, se necesitan y terminan por ser iguales. Un impune es un corrupto por su propia naturaleza, sucia la sangre que lo recorre”[19].
Y tercero, el binomio funesto corrupción-impunidad produce una bifurcación en la aplicación de la ley que se traduce en lo que la CIDH llama una “‘justicia selectiva’ que, por un lado, actúa de manera tardía sin ofrecer respuesta efectiva en relación con violaciones a derechos humanos, pero que, por otra parte, actúa favoreciendo en algunos casos los intereses de diversos actores vinculados al poder público, político y empresarial”[20].
De esta forma se provoca la existencia fáctica de dos tipos de ciudadanas y ciudadanos: los impunes y los no impunes. Los primeros son aquellos que tienen el poder sin contrapeso, sin ambages, los que muestran la arbitrariedad en toda su crudeza y eliminan a cualquier autoridad que busque consenso, ya que saben que el “que tiene el poder manda. El que manda predomina. El que predomina impone sus normas a la sociedad”. Para ellos, la ley no existe; y si existe, ellos son la ley y la ley no castiga a los de arriba, así que a pesar de sus delitos, “por naturaleza propia, terminan conduciéndose como si fueran inocentes, ajenos a toda perversión política”[21].
Los segundos, los no impunes, aquella mayoría de ciudadanas y ciudadanos para quienes las leyes sí existen, los que comparecen ante la ley y sus jueces, si así lo determinan los detentadores del poder, les toca afrontar la actuación efectiva de las normas y las manifestaciones de la fuerza pública, siempre al acecho para evitar cualquier tropiezo que pudiera dar al traste con los sueños de grandeza que asegura la impunidad a los de arriba[22].
Conforme a ello, no es de extrañar que sea poca la confianza que tiene la población en la institucionalidad del Estado: así, por ejemplo, las cinco instituciones que generan mayor desconfianza en el pueblo hondureño son el Congreso Nacional (86,1%), la Corte Suprema de Justicia (82,2%), el gobierno central (82,1%), los partidos políticos (84,6%) y el Tribunal Supremo Electoral con (83,9%). A su vez, el 88% cree que la clase política es más corrupta que hace diez años, y el 93,1% que hay mucha corrupción en el cobro de energía que hace la Empresa Energía Honduras (EEH)[23].
Por otro lado, el 82,8% de la población cree que los magistrados, jueces y fiscales defienden los intereses de las personas ricas y poderosas, y solamente el 7,8% cree que defienden los intereses de la sociedad. En la misma línea, el 75% piensa que los militares y policías protegen a la gente más rica del país, a los miembros del gobierno y a los narcotraficantes. En este orden de ideas, el 70,3% de la población cree que las instituciones son contraladas por los capos de la droga, lo cual “confirma que la corrupción es el cáncer que padece la sociedad hondureña y esto es coherente con la ruta antidemocrática por la cual ha sido conducida la institucionalidad en la última década”[24].
Y es aquí donde, ante la falta de confianza ciudadana en toda la institucionalidad del país, la mayoría de la población (61,3%) considera que la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) debe continuar con su mandato[25], a pesar de que ha sido un reto para esta “investigar y judicializar casos que involucran al poder político y económico del país”, al no contar siempre “con recursos suficientes para proteger a testigos claves en la investigación”[26] y al presunto pacto de impunidad, para debilitarla, entre el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, y el presidente de facto Juan Orlando Hernández[27].
La curva ascendente en la percepción ciudadana sobre corrupción
Definitivamente, el golpe de Estado marca una línea base importante en el debilitamiento institucional del país. Esto se refleja claramente en el Índice de Percepción de Corrupción de Transparencia Internacional de 2009, el cual situó a Honduras en el lugar 130 de 180, con una puntuación de 2,5 de 10 (siendo 10 la percepción de ausencia de corrupción y 0 la percepción de muy corrupto). En los dos años siguientes, la puntuación de Honduras no sufrió variaciones sustanciales, ya que en 2010 disminuyó a 2,4 y en 2011 se situó en 2,6.
Según el historiador Marvin Barahona, “los efectos de la corrupción sobre la institucionalidad del Estado de Derecho superan el marco estrictamente político al socavar también algunos componentes fundamentales del capital social; entre estos la confianza, la legitimidad, la legalidad y la colaboración interinstitucional”[28]. Esto último es importante porque, a partir de 2012, se comienzan a suscitar acontecimientos políticos que debilitan aún más la confianza ciudadana en los poderes públicos.
El 12 de diciembre de 2012 el Congreso Nacional destituyó a cuatro de los cinco magistrados integrantes de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, sin tener las facultades legales para ello; dos años después, salió a la luz uno de los casos de corrupción más grandes en la historia del país, el desfalco del IHSS, que dejó un estimado de pérdidas que ascienden a L 6,300 millones, con la participación de aproximadamente 320 personas en hechos cometidos durante el período de gobierno 2010-2014[29]. En 2015, Juan Orlando Hernández reconoció que el Partido Nacional recibió aproximadamente $ 147,783.00 provenientes del desfalco del IHSS para el financiamiento de su campaña política[30].
El 22 de abril de 2015 la Sala de lo Constitucional emitió una cuestionada sentencia que declaró la inaplicabilidad del artículo constitucional que contiene la prohibición para ser nuevamente presidente de la República, beneficiando a Juan Orlando Hernández. Esto socavó aún más la confianza ciudadana en la institucionalidad democrática, ya que una sentencia no es un mecanismo legítimo para modificar un aspecto tan importante de nuestro sistema político constitucional. Además, se basó en el falso argumento de que la prohibición de la reelección violenta un derecho humano reconocido por los tratados internacionales de derechos humanos[31].
El 19 de enero de 2016, la OEA y el gobierno de Honduras firmaron un acuerdo para la instalación de la MACCIH; hasta la fecha, esta ha presentado diez casos de corrupción que suman un perjuicio social de $ 367.1 millones, entre los que figuran la “Red de Diputados”, la “Caja Chica de la Dama”, el “Pacto de Impunidad” y el caso “Pandora”.
En noviembre de 2017 se profundizó la crisis política que vive el país desde el golpe de Estado de 2009, debido a las elecciones, que la Misión de Observación Electoral de la OEA catalogó como “un proceso de baja calidad electoral”, ya que “el cúmulo de irregularidades y deficiencias son tales que no permiten tener plena certeza sobre el resultado”[32], y que un alto porcentaje de la sociedad hondureña consideró un fraude electoral[33].
En 2018, se judicializaron casos de corrupción de alto impacto como el de la “Caja Chica de la Dama”, “Pandora” y “Arca Abierta”, que involucran a altos funcionarios del Estado, particularmente a diputados y a la primera dama durante la presidencia de Porfirio Lobo Sosa.
Finalmente, la detención de Juan Antonio Hernández Alvarado, el 23 de noviembre de 2018 por la Drug Enforcement Administration (DEA), y su posterior condena en octubre de 2019 por los delitos de procesar, recibir, transportar y distribuir toneladas de cocaína entre 2004 y 2016, posesión de armas y emitir falsos testimonios ante agentes federales de Estados Unidos, dejó en evidencia la penetración del crimen organizado y el narcotráfico en las altas estructuras institucionales del país.
En 2012 Honduras obtuvo una calificación de 28/100 y en 2013 de 26/100 en el Índice de Percepción de la Corrupción, ubicándose en las últimas posiciones de América Latina y el Caribe, junto con Venezuela y Nicaragua. En 2015, obtuvo una calificación de 31/100; en 2016 la calificación de Honduras decreció un punto, registrando un 30/100. Y en 2017 y 2018 obtuvo la misma calificación de 29/100.
Como puede verse, entre 2009 y 2018, la calificación obtenida por Honduras en el Índice de Percepción de Corrupción tuvo una variación de tres puntos, ubicándose en el lugar 132 de 180 países, y convirtiéndose en uno de los ocho más corruptos de los 32 países latinoamericanos, y el más corrupto en Centroamérica, junto con Guatemala y Nicaragua.
Por otro lado, el 23 de septiembre de 2019, Transparencia Internacional publicó la décima edición del Barómetro Global de la Corrupción. A diferencia del Índice de Percepción de Corrupción, el Barómetro ahonda con mayor detalle en la percepción ciudadana sobre distintas manifestaciones de la corrupción en la vida de la ciudadanía. El dato más importante es que el 54% de hondureños y hondureñas considera que la corrupción aumentó durante los últimos doce meses.
En primera instancia, y tomando en cuenta la profunda desconfianza hacia las instituciones, la cifra no parece muy alta. No obstante, al remitirnos a resultados más concretos en relación con cada actor político, encontramos que el 65% de la población considera que la oficina del Presidente de la República es corrupta, lo que supone un aumento del 15% respecto a 2017, año en que registró un 50%[34].
Sobre el Congreso Nacional, el 56% de la población considera que es una institución corrupta, 13% más que en 2017, ubicándose en el segundo lugar. El tercer dato revelador es el aumento sustancial de la percepción ciudadana sobre el involucramiento de los empleados públicos en corrupción que, de 38% en 2017, aumentó a 51% en 2019. Lo anterior es importante, ya que buena parte de los actos de corrupción de alto impacto ventilados en los últimos años involucran a empleados públicos de menor rango, por lo que la corrupción debe ser valorada como un fenómeno colectivo[35].
Otro dato que refleja la disminución de los niveles de confianza ciudadana en el contexto del combate a la corrupción son los resultados obtenidos en la pregunta “¿el gobierno está actuando bien o mal en la lucha contra la corrupción?” En 2017, el 37% respondió que “mal”, y en 2019 aumentó a 62%. Es preciso tomar en cuenta que, cuando nos referimos a la lucha contra la corrupción, el Ministerio Público juega un papel importante al tener el monopolio de la acción penal pública[36].
No obstante, con la elección del Fiscal General en 2018 se produjo una violación a lo dispuesto en la Constitución de la República, al reelegir a Óscar Chinchilla sin que haya integrado la nómina de cinco candidatos seleccionados por la junta proponente conforme a la ley[37]. Precisamente, al no haber una percepción de legitimidad de las autoridades encargadas de la investigación del delito y, en general, al existir altos grados de desconfianza y percepción de corrupción, el 80% de la ciudadanía expresa que prefiere no denunciar los actos de corrupción ante la posibilidad de sufrir represalias por ello[38].
Conclusión
El artículo 4 de la Carta Democrática Interamericana establece que los componentes fundamentales del ejercicio de la democracia son (a) la transparencia de las actividades gubernamentales; (b) la probidad; (c) la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública; (d) el respeto por los derechos económicos, sociales y culturales; y (e) la libertad de expresión y de prensa.
Por tanto, la corrupción es un elemento que distorsiona el buen funcionamiento de la democracia y pone en grave riesgo el goce efectivo de los derechos humanos, ya que, “cuando la corrupción es extendida, los Estados no pueden cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos”[39].
Por ello, para garantizar la preservación de la democracia, las personas deben estar convencidas, “por su propia experiencia personal, de que ése es efectivamente el mejor modelo de organización política” y, de esta manera, ellas mismas “serán la mejor garantía contra dictaduras tradicionales y contra otras formas autoritarias de gobierno”[40].
Sin embargo, cuando la democracia no es capaz de responder a las necesidades básicas, de reducir las grandes desigualdades y de luchar efectivamente contra la corrupción y la impunidad, se tiende a apoyar propuestas autoritarias o demagógicas que restringen nuestras libertades y resquebrajan el Estado de derecho.
Sin duda, la incidencia de la pobreza y la desigualdad en Honduras tiene una relación directa con los altos índices de corrupción, lo cual afecta seriamente la institucionalidad democrática, desnaturaliza la democracia y hace ilusoria la participación ciudadana, el acceso a la justicia y el disfrute efectivo de todos los derechos humanos[41].
En este sentido, “resulta crucial que la ciudadanía recobre la confianza en sus instituciones estatales. Para ello, el Estado debe tomar medidas decisivas en la administración de justicia y lucha contra la impunidad y corrupción” que permitan avanzar en un proceso de fortalecimiento de la institucionalidad democrática y la garantía de una auténtica separación de poderes[42].
A pesar del panorama desolador que representa el deterioro de la institucionalidad democrática, la concentración de poder, el autoritarismo y la penetración del narcotráfico y del crimen organizado en las altas esferas de la administración pública, el 78% de la ciudadanía cree que las personas podemos marcar la diferencia en la lucha contra la corrupción[43].
El movimiento ciudadano de las antorchas, las diversas resistencias territoriales en defensa de los bienes comunes y las manifestaciones abanderadas por la Plataforma para la Defensa de la Salud y la Educación, de multiplicarse y articularse, podrían convertirse en un punto clave para recuperar la institucionalidad e impulsar medidas reales y concretas para erradicar la corrupción y la impunidad.
[1] Fue ratificada por el Estado de Honduras el 25 de mayo de 1998.
[2] Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa vs. Paraguay, Sentencia de 29 de marzo de 2006, párr. 154.
[3] Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Situación de derechos humanos en Honduras, OEA/Ser.L/V/II. Doc. 146, 27 agosto 2019, p. 9, párr. 2.
[4] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Observaciones preliminares de la visita de la CIDH a Honduras, 3 agosto 2018, I. Institucionalidad democrática y Estado de derecho, p. 2.
[5] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras, Informe Anual 2018 sobre la situación de los derechos humanos en Honduras, Consejo de Derechos Humanos, p. 3.
[6] SENNEWALD, Alina, “Global inequality: an overview of concepts and trends”, en Developing in Brief, N° 3, KFW, febrero 2018, p. 1.
[7] CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras… op. cit., pp. 7-8, párr. 73.
[8] Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observaciones finales sobre el segundo informe periódico de Honduras, 11 de julio de 2016, párr. 19.
[9] CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras… op. cit., p. 73, párr. 131.
[10] “CNA empieza jornada en contra de la corrupción”, en diario El Heraldo, 23 de octubre de 2019, p. 8. En dos años esta cifra ha aumentado drásticamente, ya que en 2017 el CNA señalaba que unos “28 millones de lempiras diarios pierde el Estado de Honduras por actos de corrupción cometidos por funcionarios, coludidos con empresarios y ciudadanos comunes”, en Consejo Nacional Anticorrupción, 100 años de corrupción e impunidad en Honduras, desde una percepción ciudadana, CNA, Tegucigalpa, 2017, p. 136. Al 31 de octubre de 2019, el lempira se cotizaba a 24.81 frente al dólar de los Estados Unidos de América.
[11] CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras… op. cit., p. 47, párr. 77.
[12] LE CLERCQUE ORTEGA, Juan Antonio y RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, Gerardo (Coords.), Índice Global de Impunidad 2017. Dimensiones de la impunidad global, Universidad de las Américas Puebla, Jenkins Graduate School, Centro de Estudios sobre Impunidad y Justicia, Puebla, 2017, p. 9. Por orden, los trece países son: Filipinas, India, Camerún, México, Perú, Venezuela, Brasil, Colombia, Nicaragua, Federación de Rusia, Paraguay, Honduras y El Salvador.
[13] Transparencia Internacional, Guía de lenguaje claro sobre la lucha contra la corrupción, Transparencia Internacional, Berlín, 2009, p.14.
[14] Corte IDH, Caso Loayza Tamayo vs. Perú. Reparaciones (art. 63.1 Convención Americana sobre Derechos Humanos), Sentencia de 27 de noviembre de 1998, párr. 170.
[15] Comisión de Derechos Humanos, Conjunto de principios actualizado para la protección y la promoción de los derechos humanos mediante la lucha contra la impunidad, E/CN.4/2005/102/Add. 1, 8 de febrero de 2005. Definiciones. A. Impunidad.
[16] LE CLERCQUE ORTEGA, Juan Antonio y RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, Gerardo (Coords.), Índice Global de Impunidad 2017… op. cit., p. 7.
[17] CIDH, Resolución 1/18. Corrupción y derechos humanos, aprobada en la ciudad de Bogotá, Colombia, en el marco de su 167 período de sesiones, a los dos días del mes de marzo de 2018.
[18] Como lo señalaron diversas organizaciones de sociedad civil lideradas por el Consejo Nacional Anticorrupción, “las penas consignadas en el nuevo código respecto a los delitos en contra de la administración pública disminuyeron de manera que las personas eventualmente sometidas a la justicia y sancionadas, podrán gozar de beneficios alternos a la privación de libertad; por lo que es evidente que nuestros congresistas han creado un código penal que vendrá a generar mayor impunidad en los delitos de cuello blanco, que en nuestro país son muy recurrentes”. La Manifestación puede consultarse en https://www.cna.hn/2019/06/06/sociedad-civil-empresarios-gremios-profesionales-exigen-se-abrogue-el-nuevo-codigo-penal-aprobado/
[19] SCHERER IBARRA, Julio, Impunidad. La quiebra de la ley, Grijalbo, México, 2009, p. 12.
[20] CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras… op. cit., p. 47, párr. 75. “La Comisión observa que persisten a la fecha muchos de los problemas estructurales que debilitan las garantías de independencia e imparcialidad y contribuyen a que persista la situación de impunidad […]”.
[21] SCHERER IBARRA, Julio, Impunidad… op. cit., pp. 9-10 y 12. Las citas textuales corresponden, en su orden, a las páginas 9 y 10.
[22] Ibíd., p. 11.
[23] Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC), Sondeo de Opinión Pública. Percepciones sobre la situación hondureña en el año 2018, novena edición, El Progreso, Yoro, abril 2019, pp. 4, 5, 6 y 12.
[24] Ibíd., pp. 7 y 8. La cita textual corresponde a la p. 8.
[25] Ibíd., p. 8.
[26] CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras… op. cit., p. 47, párr. 75. “La Comisión observa que persisten a la fecha muchos de los problemas estructurales que debilitan las garantías de independencia e imparcialidad y contribuyen a que persista la situación de impunidad […]”.
[27] “Exfuncionarios de la MACCIH denuncian supuesto pacto de impunidad entre Almagro y Hernández”, en Criterio.hn, 20 de abril de 2018. Consultado el 27 de octubre de 2019. Accesible en https://criterio.hn/exfuncionarios-de-la-maccih-denuncian-supuesto-pacto-de-impunidad-entre-almagro-y-hernandez/
[28] BARAHONA, Marvin, “Estado oligárquico, crisis política y corrupción pública”, en MEJÍA RIVERA, Joaquín A. y FERNÁNDEZ, Víctor (Coords.), El golpe de Estado en Honduras desde una perspectiva de los derechos humanos, Editorial San Ignacio/MADJ, Tegucigalpa, 2010, p. 43.
[29] Al respecto puede consultarse http://saqueoihss.com/ihss_cifras.html
[30] “El presidente de Honduras reconoce financiación fraudulenta”, BBC Mundo, 4 de junio de 2015. Consultado el 26 de octubre de 2019. Accesible en https://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/06/150604_honduras_presidente_hernandez_reconoce_financiacion_fraudulenta_corrupcion_lv
[31] Para un análisis al respecto, véase, MEJÍA RIVERA, Joaquín A. y JEREZ MORENO, Rafael, “La reelección presidencial en Honduras: La sentencia espuria y la falacia de un derecho humano”, en MEJÍA RIVERA, Joaquín A. (Coord.), La reelección presidencial en Centroamérica: ¿un derecho absoluto? Editorial San Ignacio, Tegucigalpa, 2018, pp. 83-108.
[32] Misión de Observación Electoral, Informe final. Elecciones generales. Honduras, Organización de Estados Americanos, 26 de noviembre de 2017, pp. 6, 15 y 33.
[33] De acuerdo con el sondeo de opinión pública del Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC), el 62.1% de la población considera que en las elecciones de 2017 hubo fraude, en ERIC, Sondeo de Opinión Pública. Percepciones sobre la situación hondureña en el año 2017, octava edición, El Progreso, Yoro, abril 2018, pp. 4-5. Según el Barómetro Global de la Corrupción, un 36% de la ciudadanía afirmó haber recibido soborno a cambio de votos, en Transparencia Internacional, Barómetro Global de la Corrupción. América Latina y el Caribe 2019. Opiniones y experiencias de los ciudadanos en materia de corrupción, Transparencia Internacional, Berlín, 2019, p. 44.
[34] Transparencia Internacional, Barómetro Global de la Corrupción…. op. cit., p. 44.
[35] Ídem.
[36] Ídem.
[37] Due Process of Law Foundation, Se busca Fiscal General para Honduras: La crónica de una reelección no anunciada, DPLF, Washington, D.C., 11 de julio de 2018, p.7. “La reelección del actual Fiscal General, además de no anunciada, es disputable desde el punto de vista del derecho interno y también desde el derecho internacional”.
[38] Transparencia Internacional, Barómetro Global de la Corrupción… op. cit., p. 30.
[39] MORALES ANTONIAZZI, Mariela, “Aproximación a los estándares interamericanos sobre corrupción,
institucionalidad democrática y derechos humanos”, en TABLANTE, Carlos y
MORALES ANTONIAZZI, Mariela (Eds.), Impacto de la corrupción en los derechos
humanos, Instituto de Estudios Constitucionales del Estado de Querétaro,
México, 2018, p. 343.
[40] CIDH, Tercer informe sobre la situación de los derechos humanos en Paraguay, 9 de marzo de 2001, Capítulo II. A., párr. 7. Ambas citas textuales corresponden al párr. 7.
[41] Ibíd., Capítulo V. A., párr. 17.
[42] CIDH, Situación de derechos humanos en Honduras… op. cit., p. 187, párr. 365. 43] Transparencia Internacional, Barómetro Global de la Corrupción [43] Transparencia Internacional, Barómetro Global de la Corrupción…