Martes, 24 agosto 2021 |
¿Qué hacemos con la reelección ilegal de JOH?
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido clara: la reelección presidencial no es un derecho humano. Por tanto, es fraudulenta la sentencia de la Sala de lo Constitucional que la permitió basándose en una mentira.
La primera gran consecuencia de ello es que el gobierno de Juan Orlando Hernández es de facto y las medidas adoptadas por él están marcadas por la ausencia de legalidad y legitimidad.
En virtud del artículo 375 de la Constitución, esta “no pierde su vigencia ni deja de cumplirse por acto de fuerza o cuando fuere supuestamente derogada o modificada por cualquier otro medio y procedimiento distintos del que ella misma dispone”.
Como resultado, el artículo 239 constitucional que prohíbe la reelección presidencial se mantiene vigente y la sentencia de la Sala de lo Constitucional que facilitó la reelección de Hernández es ilegal.
Esto trae varias exigencias que como sociedad debemos asumir urgentemente:
Primero, las magistradas Silvia Trinidad Santos y Lidia Estela Cardona, y los magistrados Víctor Manuel Lozano, German Vicente García y José Elmer Lizardo, de la Sala de lo Constitucional, cometieron un delito al dictar una sentencia espuria.
Segundo, el Ministerio Público debe acusarles criminalmente y el Congreso Nacional debe decretar la incautación de todo o parte de sus bienes, así como de quienes se beneficiaron con ella.
Tercero, el ejercicio de la presidencia por parte de Hernández constituye un acto de fuerza que, a la luz del artículo 375 constitucional, debe ser investigado y juzgado.
Cuarto, la actual Sala de lo Constitucional tiene el deber de dejar sin efecto la sentencia que inaplicó el artículo 239 constitucional que prohíbe la reelección, pues es contraria a los estándares internacionales de derechos humanos.
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