Joaquín A. Mejía Rivera, Keyla Canales y Dunia Pérez[1]


Las condiciones para ejercer la libertad de expresión y la libertad de prensa en Honduras no han mejorado e, incluso, podrían haber empeorado. Además, la violencia afecta de forma diferenciada a comunicadores comunitarios, como en el caso que aquí se analiza.

Introducción

En el año 2008, Mario Juventino Mejía comenzó a concretar su sueño de establecer una radio comunitaria al servicio de las comunidades del municipio de Candelaria, Lempira, y las comunidades vecinas. Para ello, gestionó los recursos y le propuso a Nery Geremías Orellana, su medio hermano, que liderara este proyecto asumiendo su dirección.

Así nació Radio Joconguera, una radio comercial que poco a poco fue permeando su programación de contenidos con denuncias públicas que informaban a la población de Candelaria y sus alrededores sobre lo que ocurría en su zona de cobertura.

Tras el golpe de Estado de 2009, Nery Geremías fue una de las personas que impulsó el proceso de formación y organización en diversas comunidades de Candelaria y alrededores. Con su liderazgo, Radio Joconguera desempeñó un papel crucial en la educación y concientización de la población. Comenzó a transmitir el noticiero del mediodía de Radio Progreso, brindó espacios a la Iglesia católica, transmitiendo cada domingo la misa del padre Amílcar, párroco de la iglesia de Candelaria, y dio voz al Frente Nacional de Resistencia Popular que surgió en contra del rompimiento del orden constitucional.

Posteriormente, Nery se integró a la Red de Corresponsales de Radio Progreso, lo que le permitió establecer enlaces para reportar lo ocurrido en su municipio y, de esta forma, tener un alcance más nacional.

Parte de su trabajo periodístico fue abordar temas relacionados con la corrupción en programas del sistema de salud que estaban descentralizados y eran gestionados a través de la Mancomunidad de Municipios del Sur de Lempira (MOCALEMPA), que en ese momento recibía de la Secretaría de Salud aproximadamente diez millones de lempiras al año (alrededor de US$ 426,370), con el propósito de mejorar las condiciones en los centros de salud de la localidad. Sin embargo, en lugar de mejorar, empeoraron; esto llevó a la ciudadanía a emprender una lucha para exigir a la Mancomunidad mejoras y transparencia en el uso de los fondos recibidos.

Nery Geremías también dio cobertura a los cuestionamientos sobre el manejo de los fondos de la cooperación internacional recibidos por el Comité Central Pro-Agua de Desarrollo Integral (COCEPRADIL). Este comité, presidido en ese entonces por Leonel Amaya, actual alcalde del municipio de Candelaria por el Partido Nacional, agrupa a las juntas de agua de la zona; su objetivo es proveer y mejorar los servicios de agua potable en las comunidades.

Los actos de corrupción en el manejo de estos fondos eran denunciados en las misas que ofrecía el sacerdote Amílcar Lara y transmitidos por Nery Geremías a través de Radio Joconguera. Debido a ello, tanto el padre Amílcar como Nery recibieron mensajes amenazantes; incluso una semana antes de su asesinato, Nery recibió el siguiente mensaje: «Te van a hallar tapado con hojas o te van a matar como un perro si seguís hablando de esa manera»[1].

El padre Amílcar manifestó que tres días antes del asesinato, Nery se acercó a hablar con él, le dijo que sentía miedo y que las amenazas eran una forma de presionarlo para que no siguiera denunciando los actos de corrupción.

Y es que Nery Geremías no solo informaba sobre hechos de corrupción que impactaban negativamente en los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, como la salud y el agua, sino que también abría los micrófonos de la radio para dar voz a los grupos sociales en situación de mayor vulnerabilidad.

Por tanto, no cabe duda de que, debido a su trabajo como comunicador social, fue asesinado el 14 de julio de 2011, cuando se dirigía en motocicleta hacia su trabajo. Lo interceptaron en el camino y le dispararon en la cabeza.

Con su asesinato no sólo se silenció su voz, sino también la voz de las comunidades, pues se les arrebató el espacio que él había puesto a su disposición como director de Radio Joconguera y corresponsal de Radio Progreso. Nery Geremías es una de las 92 personas periodistas y comunicadoras sociales que han sido asesinadas en el país de acuerdo con los registros que el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) realiza desde el año 2001[2].

En el caso de Nery Geremías el Estado de Honduras no ha logrado identificar, enjuiciar y sancionar a las personas responsables del crimen, ya que el proceso de investigación se ha caracterizado por una serie de actos formales sin la mínima posibilidad de determinar la verdad de los hechos. Lo mismo ha sucedido con la mayoría de los 92 crímenes señalados, cuyo común denominador es la impunidad: sólo en ocho de ellos se ha logrado realizar una investigación efectiva y obtener una sentencia condenatoria[3].

Trece años después del asesinato de Nery Geremías es importante preguntarnos si ha cambiado el contexto de violencia contra personas periodistas y comunicadoras sociales, con el fin de visibilizar que, si el Estado ha adoptado medidas, éstas han sido ineficaces.

Para ello analizaremos los informes anuales y especiales sobre Honduras de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a la luz de los cuales podremos determinar si, se hayan adoptado medidas o no, ha cambiado o persistido dicho contexto que, en todo caso, refleja la tolerancia del Estado frente a estos asesinatos y a la impunidad que los rodea, lo cual representa «la forma más atroz de censura»[4].

1.  Los primeros ocho años desde el asesinato de Nery Geremías Orellana

En el año que asesinaron a Nery Geremías Orellana, la CIDH manifestó en su informe anual su preocupación por la situación de las personas periodistas y comunicadoras sociales en un contexto de altos índices de homicidios e impunidad. Esto se tradujo en actos de amenazas, intimidación y hostigamiento, así como en la comisión de al menos 13 asesinatos entre 2010 y 2011, relacionados con el ejercicio profesional.

Respecto al asesinato de Nery Geremías Orellana, esta honorable Comisión documentó que él «había abierto espacios en la radio a programas de la Iglesia católica y del Frente Nacional de Resistencia Popular (FNRP) y había mantenido una posición crítica del golpe de estado en 2009»[5].

En su informe anual 2012, la CIDH volvió a señalar que había recibido numerosas comunicaciones concernientes a ataques y amenazas contra personas periodistas y comunicadoras sociales y que, respecto a los asesinatos, la situación había empeorado, ya que el propio Ministerio Público había documentado 22 víctimas mortales de este gremio. Ante la postura estatal de atribuir la responsabilidad de estos crímenes a la delincuencia común o al crimen organizado, esta honorable Comisión exhortó al Estado

a no descartar la hipótesis según la cual las víctimas han podido ser asesinadas como represalia por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión y a agotar de manera exhaustiva cualquier línea de investigación en este sentido[6].

En su informe anual 2013, la CIDH ratificó su preocupación por la situación de riesgo en que se encontraban las personas periodistas y comunicadoras sociales, particularmente por ser víctimas de asesinatos, agresiones y amenazas; por tal razón, le recordó al Estado hondureño su deber de realizar investigaciones diligentes, imparciales y efectivas sobre estos crímenes, y de agotar hipótesis criminales relacionadas con el ejercicio profesional del periodismo[7].

Del mismo modo, en su informe anual 2014, la CIDH destacó haber recibido información sobre el aumento de la violencia en perjuicio de personas periodistas y comunicadoras, «lo que se refleja en 32 asesinatos ocurridos en contra de este gremio desde el año 2009»[8].

En su informe especial sobre Honduras en el año 2015, la CIDH prestó especial atención a la violencia ejercida contra periodistas y sus efectos en el respeto y garantía del derecho a la libertad de expresión, y constató la grave situación de inseguridad en la que laboran, lo que les convierte en un grupo especialmente vulnerable.

Esto se refleja en dos cuestiones: primero, entre 2003 y 2014 fueron asesinadas 50 personas comunicadoras y trabajadoras de medios de comunicación; segundo, la falta de investigaciones efectivas afecta alrededor del 96% de estos casos[9]. En su informe anual 2016, ante la persistencia de la grave situación de riesgo para estas personas, la CIDH le reiteró al Estado la obligación de

[…] asegurar que se adopten medidas de protección, efectivas y concretas, en forma urgente, para garantizar la seguridad de quienes se encuentran sometidos a un riesgo especial por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, ya sea que las amenazas provengan de agentes del Estado o de particulares. Las medidas deben garantizar a los y las periodistas la posibilidad de dar continuidad al ejercicio de su actividad profesional y de su derecho a la libertad de expresión[10].

En su informe anual 2017, la CIDH constató que Honduras continuaba siendo uno de los países más peligrosos para ejercer el periodismo y, debido a la crisis política generada tras el fraude electoral, aumentó el riesgo para el ejercicio de la libertad de expresión. La CIDH registró durante ese año cinco asesinatos de personas comunicadoras y 15 incidentes, como atentados, agresiones y amenazas. Otro aspecto que resultó preocupante es la falta de investigación de estos crímenes que generó un clima de miedo y autocensura[11].

En su informe anual 2018, la Comisión observó lo siguiente: a) amenazas y agresiones por parte de agentes estatales hacia periodistas y medios de comunicación que cuestionaron el proceso electoral; b) presiones a directores de medios y periodistas con la finalidad de influenciar en las coberturas de las elecciones y sobre otros sucesos de interés público; c) discursos estigmatizantes en las redes sociales hacia el trabajo de periodistas; d) uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad del Estado que derivó en numerosas muertes, detenciones y personas heridas; y e) persistencia de elevados niveles de violencia contra periodistas e impunidad de la mayor parte de los crímenes contra estas personas[12].

2.  Los últimos cinco años desde el asesinato de Nery Geremías Orellana

En su informe especial sobre Honduras 2019, la Comisión manifestó su preocupación debido a que la violencia contra periodistas y la impunidad de estos crímenes continuó afectando seriamente el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

En este sentido resaltó que, desde enero de 2015, había registrado 15 asesinatos, así como atentados, agresiones físicas, amenazas e intimidaciones contra este grupo de personas, ataques, campañas de desprestigio contra la prensa y presiones indebidas a medios de comunicación. A su vez, la CIDH «conoció acerca del riesgo elevado de ser víctimas de violencia que enfrentan los periodistas que investigan y cubren asuntos sobre corrupción, crimen organizado, protestas sociales y reivindicaciones de territorios»[13].

En su informe anual 2020, la CIDH constató la persistencia de elevados niveles de violencia contra periodistas y personas trabajadoras de los medios de comunicación, «situación que se vio agravada en el contexto de la pandemia de COVID-19, debido a las restricciones y obstáculos que desde el gobierno y las fuerzas de seguridad se impusieron al libre ejercicio informativo»[14].

En su informe anual 2021, la CIDH observó con preocupación un contexto hostil para el ejercicio del periodismo en el país, agravado por la pandemia del COVID-19 que representó un desafío para la labor periodística. Durante este año continuaron las amenazas y agresiones contra la prensa, impedimentos de cobertura, amenazas de muerte, señalamientos estigmatizantes por parte de personas funcionarias públicas contra periodistas, asesinatos y salidas del país por temor a sufrir represalias[15].

En su informe anual 2022, la CIDH continuó observando un contexto de asesinatos, intimidaciones, amenazas y acciones legales contra periodistas, posiblemente motivadas por su ejercicio informativo, además de un debilitamiento del mecanismo para protección a periodistas y a defensores de derechos humanos, y de la falta de efectividad de la Fiscalía Especial para la Protección de Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia[16].

En su informe 2023, la CIDH constató la persistencia de diversos actos de violencia contra la prensa; entre estos amenazas, agresiones, atentados, hostigamientos y acoso judicial, particularmente contra quienes cubren asuntos relacionados con la corrupción, el crimen organizado, temas de seguridad ciudadana, migración, conflictos agrarios y medioambientales[17].

Finalmente, en su informe especial sobre Honduras 2024, la CIDH manifestó que las condiciones para el ejercicio de la libertad de expresión y la libertad de prensa no han mejorado e, incluso, podrían haber empeorado, como se evidencia por los siguientes aspectos:

a) desde su último informe de 2018, la Comisión documentó al menos 14 asesinatos de periodistas y personas trabajadoras de medios de comunicación, sobre los cuales no han existido avances significativos en las investigaciones; b) la violencia afecta de forma diferenciada a comunicadores comunitarios –como en el caso de Nery Geremías Orellana–, y a quienes trabajan en zonas con fuerte presencia del crimen organizado y conflictos de tierras y extractivismo minero, como el Bajo Aguán; c) El nivel de impunidad sobrepasa el 91% ya que, según el CONADEH, de los 92 crímenes que se han registrado desde 2001, sólo 8 han obtenido una sentencia condenatoria; d) un recrudecimiento de los ataques contra periodistas y medios de comunicación que mantienen posturas críticas e independientes frente al gobierno, de acuerdo con el Comité para la Libertad de Expresión (C-Libre); y e) temor y autocensura en el ejercicio de la labor periodística debido al contexto de alto riesgo y desprotección por parte de las autoridades, particularmente por la crisis que atraviesa el Mecanismo Nacional de Protección[18].

3.  Los puntos en común de los trece años desde el asesinato de Nery Geremías Orellana

A la luz de los informes de la CIDH, podemos destacar varias cuestiones: en primer lugar que, desde el golpe de Estado de 2009, existe en Honduras un patrón de ataques, hostigamiento, intimidación, estigmatización, represión, amenazas, atentados y asesinatos contra personas periodistas, comunicadoras sociales y trabajadoras de medios de comunicación.

En segundo lugar, toda esta violencia afecta de forma diferenciada a personas comunicadoras comunitarias y a quienes trabajan en territorios cuyo día a día es condicionado por el crimen organizado, y donde existen conflictos agrarios y extractivistas.

En tercer lugar, en estos actos violentos no pesan, necesariamente, los motivos ideológicos o la adopción de una determinada postura política, pues es suficiente que una persona ejerza su libertad de expresión a través de un micrófono, un teléfono, un periódico, una red social o una cámara para publicar o divulgar información que afecta a los poderosos de la comunidad, el municipio, el departamento o el país para que su vida e integridad quede expuesta a un riesgo mortal. En este sentido, cuanto más alejada se encuentre la persona de los principales centros urbanos, mayor es la amenaza en su contra[19], como le ocurrió a Nery Geremías Orellana.

En cuarto lugar, lo que caracteriza a la inmensa mayoría de los casos es la impunidad debido a la falta de investigaciones diligentes, imparciales y efectivas a través de las cuales se identifiquen, establezcan y agoten todas las líneas o hipótesis de investigación posibles que vinculen estos crímenes con el ejercicio profesional de la víctima en materia de libertad de expresión y de prensa. La consecuencia directa es la perpetuación y repetición de este tipo de hechos, y se promueve el temor y la autocensura.

En el caso concreto de Nery Geremías, a pesar de que el Estado tiene la obligación de agotar todas las hipótesis posibles, particularmente la que vincula su asesinato con su actividad periodística, la única línea de investigación planteada como motivo del crimen es el robo, basándose principalmente en declaraciones de personas que ni siquiera fueron testigos oculares de los hechos.

La falta de debida diligencia del Estado en este caso es de tal magnitud que, no fue sino hasta en abril de 2018, es decir, siete años después de ocurrido el asesinato, que cuatro agentes de investigación llegaron a San Lorenzo, Candelaria, para tener contacto con la familia por primera vez.

Pero esta visita solo fue para preguntarle a doña Regina y a Julio, madre y hermano de Nery, si querían que el Estado continuara con las investigaciones y, en caso de que no quisieran, debían firmar un documento. A pesar de que la familia les expresó que querían que el Estado investigara el crimen, hasta el momento, esto es, seis años después de esa visita, el asesinato de Nery Geremías sigue en total impunidad, pues el Estado no ha realizado diligencias efectivas para determinar la verdad de los hechos.

En quinto lugar, existe una debilidad institucional que impide que el Estado brinde una respuesta eficaz para hacer frente a los factores y las causas estructurales que originan los riesgos enfrentados por las personas periodistas y comunicadoras sociales. Sobre este particular, la propia CIDH ha resaltado las serias deficiencias presentadas en el Mecanismo Nacional de Protección en favor de estas personas[20]. Como lo plantea la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, este Mecanismo

todavía no cuenta con las capacidades necesarias para cumplir con sus atribuciones. Sus principales obstáculos […] están vinculados […] fundamentalmente con la falta de una voluntad política incuestionable y de la asignación de recursos humanos y financieros suficientes[21].

En sexto lugar, tanto la CIDH como su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión han instado al Estado en reiteradas ocasiones a realizar investigaciones serias, imparciales y efectivas sobre los asesinatos, agresiones, amenazas y actos de intimidación cometidos contra personas periodistas y trabajadoras de medios de comunicación social, y a crear unidades y protocolos de investigación. La investigación exhaustiva e independiente de esta violencia, y la sanción de las personas responsables constituye un «medio fundamental para prevenir la ocurrencia de esos ataques»[22].

En este punto es importante recordar que la falta de una investigación imparcial y efectiva implica que el Estado no cumple con su obligación de asegurar y proteger el derecho a la vida de quienes ejercen el periodismo y la comunicación social, cuya protección también se extiende a los hechos posteriores a su infracción en el sentido que el Estado debe proporcionar un procedimiento adecuado para conocer la verdad de lo sucedido y determinar la responsabilidad de los hechos[23].

En este orden de ideas, cuando el aparato estatal actúa de modo que tales violaciones queden impunes, «y no se restablezca, en cuanto sea posible, a la víctima en la plenitud de sus derechos, puede afirmarse que ha incumplido el deber de garantizar su libre y pleno ejercicio a las personas sujetas a su jurisdicción»[24].

Así las cosas, la negligencia y poca seriedad en la investigación de los hechos que conduzcan a la sanción de las personas responsables materiales e intelectuales, demuestran la tolerancia del Estado frente a las mismas y lo hace responsable internacionalmente por violar su deber de respetar el derecho a la vida y de garantizar su libre y pleno ejercicio, tanto a las víctimas como a sus familiares[25].

Esta situación provoca que la población se sienta indefensa y no confíe en las instituciones democráticas, tal y como lo refleja el más reciente sondeo de opinión pública del Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC-SJ). Respecto a lo primero, para el 68.7% la situación de los derechos humanos sigue igual, el 16% considera que ha empeorado y solo el 13.7% piensa que ha mejorado.

En cuanto a la confianza en las instituciones, el 78.6% tiene poca o ninguna confianza en la Corte Suprema de Justicia; el 73.9%, en el Ministerio Público; el 73.1%, en la Policía Nacional; el 62.3%, en el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos; el 62.2%, en la Policía Militar, y el 60.4% en las Fuerzas Armadas. Finalmente, el 81.3% cree que las personas juezas y magistradas protegen los intereses de las personas ricas, poderosas, corruptas y narcotraficantes, y solo el 10.1% piensa que protegen los intereses de la sociedad[26].

Conclusión

El asesinato de Nery Geremías Orellana ocurre en un contexto de violencia e impunidad que no ha cambiado para las personas periodistas y comunicadoras sociales, constituyendo el ejercicio de la libertad de expresión y de la libertad de prensa una actividad de alto riesgo y desprotección. Por ello, es

imprescindible que el Estado hondureño demuestre con acciones concretas e investigaciones efectivas su compromiso en la prevención de estos crímenes, la protección de los periodistas en riesgo y la lucha contra la impunidad de los asesinatos reportados[27].

El análisis aquí realizado demuestra que las personas periodistas y comunicadoras sociales se encuentran en una situación de riesgo y vulnerabilidad. Por tanto, como lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en contextos como éste, el Estado tiene la obligación de adoptar todas las medidas necesarias y razonables para garantizar el derecho a la vida, la libertad personal y la integridad de aquellas personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad, especialmente como consecuencia de su labor[28].

La libertad de expresión se ve amenazada cuando el Estado no investiga y castiga la violencia contra las personas periodistas y comunicadoras sociales porque la impunidad convalida una violencia similar en el futuro y podría llevar a otras personas profesionales del periodismo que cubren noticias de interés público a autocensurarse, afectando así la información que recibe la sociedad en última instancia[29]. Cuando un servidor de la comunicación como Nery Geremías es asesinado, la comunidad no solo pierde a un miembro valioso, sino también a un comunicador social, privándola de la función social del derecho a la libertad de expresión.

En virtud de lo anterior, el asesinato de personas periodistas y comunicadoras sociales comprometidas, como Nery Geremías, implica al menos dos cuestiones: primero, un mensaje de intimidación para quienes denuncian actos de corrupción y luchan por la verdad, y un atropello a su comunidad con un efecto amedrentador y restrictivo a su derecho a recibir información sobre las cuestiones comunitarias que les afectan; y, segundo, el incumplimiento del Estado de Honduras de su obligación de defender «el derecho a la libertad de expresión como herramienta vital para avanzar en sus metas de desarrollo sostenible y democracia inclusiva»[30].


[1]       Testimonio del Padre Amílcar Lara brindado al ERIC-SJ.

[2]       «Entre el 2016 y 2022: 86 periodistas y comunicadores sociales en riesgo y víctimas de desplazamiento forzado». 24 de mayo de 2023. Consultado el 20 de junio de 2024. Accesible en: Entre el 2016 y el 2022: 86 periodistas y comunicadores sociales en riesgo y víctimas de desplazamiento forzado – Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (conadeh.hn).

[3]       Ibid.

[4]       Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión. Desarrollo sostenible y libertad de expresión: las razones de la importancia de la voz. Informe de la Relatora sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, Irene Khan. Consejo de Derechos Humanos. A/HRC/53/25. 19 de abril de 2023, p. 16, párr. 68.

[5]       CIDH. Informe Anual 2011. Capítulo IV. Honduras. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 69, 30 de diciembre de 2011, pp. 412, 418, 420 y 428, párrs. 290, 309, 314 y 339.

[6]       CIDH. Informe Anual 2012. Capítulo IV. Honduras. OEA/Ser.L/V/II.147. Doc. 1. 5 de marzo de 2013, pp. 383 y 386, párrs. 242 y 249.

[7]       CIDH. Informe Anual 2013. Capítulo IV. Honduras. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 50 corr. 1. 31 de diciembre de 2013, pp. 470, 471, 473, 474, 480 y 481, párrs. 311, 318, 347 y 348.

[8]       CIDH. Informe Anual 2014. Volumen II. Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 13. 9 de marzo de 2015, p. 204, párr. 604.

[9]       CIDH. Situación de derechos humanos en Honduras. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 42/15. 31 de diciembre de 2015, pp. 78 y 80, párrs. 181 y 184.

[10]     CIDH. Informe Anual 2016. Capítulo V. Honduras. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 42. 15 de marzo de 2017, p. 921, párr. 200.

[11]     CIDH. Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2017. Volumen II. Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 210/17. 31 de diciembre de 2017, p. 266, párrs. 760 y 762.

[12]     CIDH. Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2018. Volumen II. Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 30. 17 de marzo de 2019, p. 184, párr. 661.

[13]     CIDH. Situación de derechos humanos en Honduras. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 146. 27 de agosto de 2019, pp. 57 y 58, párrs. 99, 101 y 102.

[14]     CIDH. Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2020. Volumen II. Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 28. 30 de marzo de 2021, p. 273, párr. 839.

[15]     CIDH. Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2021. Volumen II. Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 64 rev. 1. 26 de mayo de 2022, p. 198, párrs. 539 y 540.

[16]     CIDH. Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2022. Volumen II. Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 50. 6 de marzo de 2023, p. 253, párr. 842.

[17]     CIDH. Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2023. Volumen II. Informe Anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 386. 6 de diciembre de 2023, p. 269, párr. 986. Tal como lo manifestó Irene Khan, Relatora Especial de la ONU sobre la libertad de opinión y de expresión, quienes «trabajan en temas relacionados con la tierra, el medio ambiente, la corrupción, el crimen organizado y los conflictos agrarios y mineros siguen expuestos a un alto riesgo de violencia, ataques en línea y de género, intimidación, campañas de desprestigio y acoso judicial». El Mecanismo Nacional de Protección de Honduras debe responder a la violencia, las campañas de desprestigio y la criminalización de defensores de derechos humanos y periodistas: Experta de la ONU. Tegucigalpa / Ginebra, 31 de octubre de 2023. Consultado el 5 de junio de 2024. Accesible en: El Mecanismo Nacional de Protección de Honduras debe responder a la violencia, las campañas de desprestigio y la criminalización de defensores de derechos humanos y periodistas: Experta de la ONU | OHCHR

[18]     CIDH. Informe Situación de Derechos Humanos en Honduras. OEA/Ser.L/V/II. Doc.9/24. 24 de marzo de 2024, pp. 289-292, párrs. 567-572. En esta línea, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras «registró 145 ataques contra quienes ejercen la libertad de expresión, representando un incremento considerable y superando incluso al año electoral 2021 (93 casos). Particularmente, la Oficina observa que el 24.8% de los ataques ocurridos contra periodistas, fueron dirigidos contra quienes brindan cobertura a la defensa de los derechos de las personas LGBTI». En, Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Informe sobre la situación de los derechos humanos en Honduras. A/HRC/55/22. 1 de marzo de 2024, p. 25, párr. 65.

[19]     MORENO, Ismael. «Los paralelismos en la realidad hondureña: La ‘normalidad’ política en una sociedad fallida». En Revista Envío-Honduras. Año 9, N° 30. ERIC-SJ. Tegucigalpa, septiembre 2011, p. 5.

[20]     CIDH. Informe Situación de Derechos Humanos en Honduras. OEA/Ser.L/V/II. Doc.9/24. 24 de marzo de 2024, pp. 9 y 135, párrs. 9 y 276.

[21]     OACNUDH. Diagnóstico y plan de fortalecimiento del Sistema Nacional de Protección para las y los defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia en Honduras. Tegucigalpa, agosto de 2022, p. 180.

[22]     CIDH. Segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de las Américas. OEA/Ser.L./V/II.Doc. 66. 31 de diciembre de 2011, p. 93, párr. 231.

[23]     Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Caso MacCann y otros Vs. Reino Unido. Sentencia de 27 de septiembre de 1995, párr. 157.

[24]     Corte IDH. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Fondo. Sentencia de 29 de julio de 1988, párr. 176.

[25]     Corte IDH. Caso Juan Humberto Sánchez Vs. Honduras. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 7 de junio de 2003, párr. 134.

[26]     ERIC-SJ. Sondeo de Opinión Pública. Edición núm. 13. Boletín 2024, pp. 24 y 27-29.

[27]     Relatoría Especial para la Libertad de Expresión condena nuevo asesinato de periodista en Honduras y pide investigación exhaustiva. Comunicado de prensa. R70/11. Washington D.C., 18 de julio de 2011. Consultado el 12 de mayo de 2024. Accesible en: OEA: Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (oas.org).

[28]     Corte IDH. Caso Defensor de Derechos Humanos y otros Vs. Guatemala. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de agosto de 2014.

[29]     CIDH. Informe N° 7/16. Caso 12.213. Aristeu Guida da Silva y Familia (Brasil). 13 de abril de 2016, párr. 128.

[30]     El Mecanismo Nacional de Protección de Honduras debe responder a la violencia, las campañas de desprestigio y la criminalización de defensores de derechos humanos y periodistas: Experta de la ONU. Tegucigalpa / Ginebra, 31 de octubre de 2023. Consultado el 5 de junio de 2024. Accesible en: El Mecanismo Nacional de Protección de Honduras debe responder a la violencia, las campañas de desprestigio y la criminalización de defensores de derechos humanos y periodistas: Experta de la ONU | OHCHR.


[1] Investigadoras y abogadas del Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación (ERIC-SJ). El primero también es coordinador adjunto del Equipo Jurídico por los Derechos Humanos.