Lucía Vijil Saybe*
Los conflictos socioambientales deben verse como una oportunidad para fortalecer diálogos, convertir demandas históricas en transformaciones concretas y en lecciones para repensar las crisis entre humanos y naturaleza. Y esto es así porque los conflictos pueden impactar en otros ámbitos, tanto sociales como institucionales.
El actual modelo extractivo y las diferentes dinámicas de violencia que le acompañan, han motivado en el último año[1] alrededor de 43 conflictos socioambientales en Honduras; estos se ubican en diez departamentos y, la mayoría, involucran el Agua, la Tierra y el Bosque.
El análisis de los conflictos socioambientales en Honduras debe ir más allá de una interpretación circunstancial. En otras palabras, es necesario entenderlos en su rol fundamental en la configuración social y política de los temas ambientales. Por ello, este análisis busca responder a dos preguntas clave: ¿cuáles son las características de las actuales arenas públicas surgidas a raíz de los conflictos socioambientales? Y, ¿de qué manera está influyendo la dinámica de estos conflictos en la juridificación?
Abordaje conceptual
1. Sobre el conflicto
En este escrito, para entender los conflictos de contenido ambiental, retomamos los postulados de Mauricio Folchi y Anthony Bebbintong sobre ecología política. Para Folchi, un conflicto «se produce, justamente, cuando se tensiona la estabilidad histórica conseguida entre una comunidad y su hábitat. Esto ocurre como consecuencia de la acción de algún agente extraño que altera o pretende alterar las relaciones preexistentes entre una comunidad y su ambiente»[2].
Y Bebbington indica que los conflictos de este tipo «pueden ser entendidos como confrontaciones entre diferentes modelos de sostenibilidad». Es decir, que todo tipo de empresa extractiva maneja un concepto de sostenibilidad de recursos que
permite una sustitución sustantiva entre diversas formas de capital, así como cambios significativos en las combinaciones de activos sobre los cuales se construyen los medios de vida rurales (cambios que en esencia forzarían a muchas familias a orientarse a nuevos tipos de vida)[3].
El abordaje sociológico de los conflictos de Melucci indica que estos «contribuyen a la producción de ámbitos políticos cuya función es crear un terreno en el cual los reclamos sean escuchados y puedan incidir en decisiones públicas»[4]. A esos ámbitos políticos se les llama arenas públicas, y al final, es un espacio que permite discutir, elevar y trasladar las demandas de un sector a los ámbitos formales de representación.
Merlinsky aterriza –desde la ecología política–, la producción de los conflictos y establece que: «pueden en efecto funcionar como un analizador social si a través de él se puede entender cómo se forma el campo contencioso y qué significa en términos del uso y apropiación de los bienes naturales»[5]. Entonces, el análisis de cualquier conflicto requerirá dilucidar qué papel juegan diferentes dimensiones del contexto en ese momento, los intereses en disputa y la identidad de los actores que ahí se encuentran.
La misma autora define que los conflictos se pueden producir en términos político- institucionales, sociales, territoriales y jurídicos. Por eso destacamos al inicio la relevancia del análisis de los conflictos más allá de lo coyuntural. Para este escrito nos interesa la producción jurídica. Esta involucra transformaciones en el ámbito legislativo y la actualización local del derecho, además de transformaciones en términos de cómo se modifican las expectativas de los actores sociales en relación con las leyes, los tribunales y diferentes atributos de los sistemas jurídicos[6].
Para finalizar, se consideran los aportes de Melé sobre la juridificación de los conflictos. Esto implica que, más allá de que un conflicto se pueda judicializar, también es relevante comprender cómo cambian las expectativas sociales en torno a las leyes y los tribunales, pero, sobre todo, los aprendizajes dinámicos sobre lo jurídico que dan lugar a nuevos lenguajes que se expresan públicamente, algo que se puede desarrollar en una temporalidad que excede a la del conflicto en tanto evento[7].
2. Sobre las arenas públicas de los conflictos ambientales
Según los argumentos presentados por Melucci, el espacio político surge en forma de espacio público intermedio durante situaciones conflictivas. Esta declaración se basa en situaciones donde la democracia se entiende como algo más que simplemente un proceso electoral. La función principal de la arena pública es crear las condiciones necesarias para que los discursos se escuchen y se conviertan en decisiones políticas.
En algunos casos, las movilizaciones, acciones de calle o propuestas políticas pueden ser vistas como un proceso colaborativo para crear el bienestar general, donde diferentes grupos sociales y entidades estatales trabajan juntos en distintos niveles de cooperación. No obstante, en diferentes contextos –como ocurre en el escenario hondureño–, estas acciones podrían ser interpretadas como un enfrentamiento con las autoridades que se resisten a escuchar las demandas de los grupos interesados en cuestiones relacionadas con el medio ambiente, la ecología y la comunidad. Por tal motivo, resulta imprescindible examinar los conflictos y los lugares de discusión pública que se generan en relación con estos.
Conforme el conflicto ejerce su influencia en el espacio público, se posicionan actores y se van formando alianzas entre ellos, creando así una arena política donde pueden debatir. En relación con los actores involucrados en la disputa por los bienes comunes de la naturaleza, la arena pública en Honduras se caracteriza por:
a. Una institucionalidad en dos polos. Es decir, un sector del Gobierno que reconoce la deuda histórica con los campesinos, indígenas y ambientalistas, en relación con la garantía de derechos, protección de la vida y transformaciones estructurales requeridas para la reducción de la desigualdad. Y otro sector, muy polarizado, que no está aceptando ningún tipo de opinión de los sectores sociales.
b. Las demandas históricas continúan en la discusión pública, relacionadas con el tema ambiental y agrario: garantía de derechos para toda la población; reforma agraria con enfoque de género; robustecimiento de la institucionalidad ambiental en temas de presupuesto y personal, acceso a información, participación ciudadana vinculante, acceso a la justicia para defensores y defensoras, entre otros.
c. La participación de las fuerzas de seguridad en el abordaje de los conflictos. Se identifican dos tipos: a) la fuerza pública: policía, fuerzas armadas y comandos especiales asignados en la zona (por ejemplo, Xatruch en el Bajo Aguán) y, b) la fuerza privada: empresas de seguridad privada involucradas en el conflicto. Este actor se caracteriza por ser el ente represivo durante las acciones ejecutadas por los actores territoriales, y se vincula directamente con agresiones hacia defensores y defensoras.
En la actualidad, los conflictos en el ámbito público brindan la oportunidad de realizar un análisis más exhaustivo acerca de su generación jurídica. En el siguiente apartado se examinarán diversos elementos para determinar cómo dichos conflictos pueden impactar en otros ámbitos, tanto sociales como institucionales.
3. Sobre la juridificación de los conflictos
Blichner y Molander[8] definen la juridificación como los procesos sociales que operan en varios sentidos. Por ejemplo, se han implementado reformas políticas que amplían las competencias del ámbito legal, lo cual se refleja en la progresiva aplicación de normas legales a una variedad de temas. Además, se ha observado un aumento en el uso de la ley como medio para resolver disputas.
Cuando los conflictos ambientales se llevan al ámbito legal, podemos observar nuevos significados en su estudio desde esta perspectiva. Esto implica examinar cómo los actores utilizan las herramientas legales a su disposición y cómo las expectativas de los actores cambian con respecto a la ley y la justicia durante este proceso.
Asimismo, los mecanismos de demanda y presión de los sectores sociales y ambientales se vuelven cada vez más dinámicos y diversos. En esa línea, el país ha experimentado lo que podría representar oportunidades en la juridificación ambiental. Veamos.
El 21 de febrero de 2024, luego de la presión de las comunidades que defienden el Río Guapinol y San Pedro, se aprobó en el Congreso Nacional el Decreto 18-2024, que recupera y protege la zona núcleo del Parque Nacional Montaña de Botaderos «Carlos Escaleras Mejía»[9], en vigencia desde el 6 de mayo del mismo año.
Otro punto relevante de este decreto, es que reforma parcialmente el artículo 48, inciso a) de la Ley General de Minería, que se leerá de la siguiente forma:
En ningún caso la autoridad minera otorgará derechos mineros en las zonas siguientes: a) Las áreas protegidas declaradas, las zonas productoras de agua declaradas, las contenidas en el artículo 123 del Decreto No. 98-2007, playas y zonas de bajamar declaradas como vocación turística.
Previamente, ese inciso indicaba que las zonas excluidas de derechos mineros eran las áreas protegidas declaradas e inscritas en el Catálogo de Patrimonio Público Forestal Inalienable y en el Registro de la Propiedad Inmueble. El 30 de mayo de 2024, el Congreso Nacional aprobó la reforma de los artículos 324, 325 y 327 y 337-A. Estas modificaciones tienen como objetivo aumentar las penas por contaminación del aire, aguas y suelos, por la explotación ilegal de recursos naturales e incendios forestales, además de introducir la responsabilidad de las personas jurídicas en delitos medioambientales.
El artículo 337-A establece que las personas jurídicas pueden ser multadas hasta el triple del daño causado o del beneficio obtenido y que también pueden enfrentar sanciones adicionales como suspensión de actividades, clausura de locales, prohibición de futuras actividades similares e inhabilitación para recibir subvenciones y contratar con el sector público, entre otras, con el objetivo de mejorar la protección del medio ambiente y remediar los daños causados.
En la misma sesión, se derogó el Decreto 334-2013, que reestablecerá los límites originales del área protegida del Merendón. Se instruyó al ICF[10], a la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) y las municipalidades involucradas a tomar medidas para restaurar las áreas afectadas durante la vigencia del Decreto 334-2013. Además, se ordenó al ICF ampliar la zona de reserva de El Merendón, incorporando el polígono que, bajo ese decreto, había sido parte de la zona de amortiguamiento. Estas últimas dos acciones legislativas deberán ser publicadas en el Diario Oficial La Gaceta, para ser efectivas.
Los decretos mencionados reflejan las dinámicas de conflicto en los territorios. El Decreto 18-2024 aborda los impactos del modelo extractivo: corrupción, violaciones a derechos humanos y la judicialización de defensores del agua. La aprobación del artículo 337-A establece la responsabilidad de las empresas contaminantes y las penas por daño ambiental. La derogación del Decreto 334-2013 destaca el conflicto histórico con grandes lotificadoras en zonas de reserva natural.
Tomando en consideración lo establecido en el marco conceptual de este escrito y los acontecimientos a nivel nacional, podríamos establecer las siguientes reflexiones:
a. Efectivamente, los conflictos socioambientales en Honduras han generado un espacio público intermedio en donde la práctica política y el discurso han influenciado en el debate nacional. Es decir, las expectativas de los sectores organizados en relación con el planteamiento de sus demandas han trascendido el campo de acción establecido al iniciar el conflicto (demanda local ha pasado a convertirse en una demanda nacional).
b. Trasladar las demandas históricas del movimiento social a la arena pública ha sido un éxito únicamente de ese actor social. Lo que queremos decir es que, por sí misma, la voluntad del Gobierno en el reconocimiento de las demandas no pasaría. En Honduras, por los altos índices de corrupción y cooptación de la institucionalidad, los mecanismos de presión e incidencia de las organizaciones comunitarias se han transformado y han abierto espacios en esferas políticas más formales.
c. La modificación de la normativa legal y cualquier otro cambio en su ámbito de aplicación todavía requiere de esfuerzos articulados de todos los sectores de la sociedad.
4. Desafíos de la juridificación ambiental
en Honduras
Por ser un planteamiento de la ecología política y del pensamiento crítico de Latinoamérica, pensar los conflictos socioambientales más allá del enfoque legal (jurisdicción) resulta complejo. Sin embargo, se plantea en este análisis un marco de referencia que nos permita dimensionar la identidad de los actores involucrados, disputas, intereses, círculos de influencias, formas organizativas y narrativas.
En ese sentido, los avances hasta ahora registrados en reformas y aprobación de normativa legal en curso en temas ambientales, son relevantes en tanto elevan a la discusión pública temas de gestión territorial, responsabilidad empresarial y preservación de los bienes comunes de la naturaleza. Pero continúan siendo un desafío en los siguientes términos:
Abordaje conceptual desde el norte global. El tema ambiental en Honduras ha sido interpretado desde una perspectiva de las agendas internacionales. Es decir, carece de una interpretación local de las dinámicas territoriales y comunitarias. Asimismo, aún asigna un rol de «recurso» a los bienes comunes de la naturaleza. Es de esperar, entonces, que la discusión de las reformas en la arena pública pase obligatoriamente por elementos impuestos por la comprensión del Norte global.
Es importante destacar que la juridificación ambiental es una comprensión ecológica de las dinámicas de conflictos; es decir, trasciende lo estrictamente ambiental (más allá de la reforestación y las campañas educativas) y somete a la discusión pública los focos estructurales de la actual crisis ambiental y emergencia para todas las especies en el país.
Debilidad institucional. Durante el juicio de Juan Hernández en Nueva York, el Gobierno de Estados Unidos indicó que el expresidente hondureño
participó en una conspiración corrupta y violenta de narcotráfico para facilitar la importación de cientos de miles de kilogramos de cocaína a los Estados Unidos. Hernández supuestamente recibió millones de dólares para usar su cargo público, las fuerzas del orden público y el ejército para apoyar a las organizaciones de narcotráfico en Honduras, México y otros lugares[11].
Esa declaración de culpabilidad es reflejo de lo complejo que es administrar las instituciones del Estado cuando han sido cooptadas por redes de narcotráfico en los últimos años.
De igual forma, pensar en el seguimiento de las diferentes reformas y aprobaciones de normativas que avancen a la juridificación requiere de instituciones sólidas, con presupuesto, personal técnico capacitado, sólidas estrategias de comunicación y habilidades multidisciplinarias para el abordaje de los conflictos.
Las últimas reformas a la normativa expuestas en este análisis, requerirán de apuestas robustas en el sector construcción y minero y, por tanto, habría que considerar la situación actual de dichas dependencias y los intereses que ahí se mueven.
Participación ciudadana en asuntos ambientales. Cada escalada en la producción del espacio público intermedio, implica relevancia de ciertos actores y en determinadas zonas. Para avanzar en la juridificación de alcance nacional, bastaría con asegurar una mayor apertura de espacios a las comunidades y organizaciones para debatir sobre modelos, formas y expectativas respecto al abordaje de los conflictos.
Desmilitarización de los conflictos socioambientales. Para que las condiciones de debate público y construcción de salidas sean confiables y gocen de mayor legitimidad, debe ser obligatorio el retiro de las fuerzas armadas y aparatos de seguridad en la intervención de conflictos. Históricamente, los conflictos relacionados con el ambiente se han abordado desde el enfoque de seguridad nacional, permitiendo así la militarización territorial y un mayor porcentaje de desconfianza.
Repensar las causas estructurales de los conflictos. La juridificación de los conflictos abre espacios interesantes para debatir la matriz de producción actual, que al final es el origen de la mayoría de conflictos socioambientales. Es así que, avanzar progresivamente en la juridificación permite introducir en el debate público apuestas más ambiciosas que lleguen incluso a reconocer los Derechos de la Naturaleza. Los conflictos deben ser considerados como una oportunidad para fortalecer diálogos, convertir demandas históricas en transformaciones concretas y como lecciones para repensar las dinámicas de las crisis entre humanos y naturaleza. Al final, la producción de los conflictos podría ser, en términos formales/institucionales, como se puede vislumbrar en las propias comunidades.
* Licenciada en Comercio Internacional. Máster en Cooperación Internacional y Gestión de Proyectos para el Desarrollo y Máster en Estudios Socioambientales. Asesora en Justicia Ambiental y Ecológica en el Centro de Estudio para la Democracia (CESPAD). Parte del Consejo Consultivo del Informe Estado de la Región.
[1] CESPAD, 2024. Conflictos ambientales en Honduras: aumento relevante de la violencia comunitaria y ecológica en el último semestre de 2023. Disponible en: https://cespad.org.hn/conflictos-ambientales-en-honduras-aumento-relevante-de-la-violencia-comunitaria-y-ecologica-en-el-ultimo-semestre-del-2023/
[2] Folchi, M. 2001. Conflictos de contenido ambiental y ecologismo de los pobres: no siempre pobres ni siempre ecologistas. El ecologismo popular al debate.
[3] Bebbington, A. 2009. Industrias extractivas, actores sociales y conflictos. Extractivismo, Política y Sociedad, pp. 131-156. Disponible en: http://ambiental.net/wpcontent/uploads/2009/11/BebbingtonExtractivismoSociedadDesarrollo09.pdf
[4] Melucci, A., 1999. Social Movements and the Democratization of Everyday Life, en Keane, J. Civil Society and the State, Londres, Verso.
[5] Merlinsky, G. 2022. Toda ecología es política, pp. 51-52.
[6] Merlinsky, G. 2023. La imaginación sociológica frente a la cuestión socioambiental. Conflictividad ambiental, acción colectiva y juridificación. AMBIENTES. Vol. 5, Núm. 1, 2023, pp. 294-319.
[7] Melé, P., Merlinsky, G. y Scharager, A. 2020. Les Territoires du Droit de l’environnement: effets de la judiciarisation dans le bassin Matanza-Riachuelo (Buenos Aires). Annales de Géographie, v. 733/734, pp. 87-111. La lectura se efectuó utilizando el traductor de Google, en https://translate.google.com/?hl=es
[8] Blichner, L. y Molander, Ch. 2008. Mapping Juridification. European Law Journal, Vol. 14, Issue 1, pp. 36-54, enero 2008. En: http://ssrn.com/abstract=1077724orhttp://dx.doi.org/10.1111/j.14680386.2007.00405.x
[9] Para conocer más del Caso Guapinol y el Sector San Pedro: https://www.guapinolresiste.org/
[10] Instituto de Conservación Forestal.
[11] Embajada de Estados Unidos en Honduras. 2024. Juan Orlando Hernández, expresidente de Honduras, acusado por narcotráfico y armas de fuego, extraditado a los Estados Unidos desde Honduras. Disponible: https://hn.usembassy.gov/es/juan-orlando-hernandez-expresidente-de-honduras-acusado-por-delitos-de-narcotrafico-y-armas-de-fuego-extraditado-a-estados-unidos-desde-honduras/